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Marzo 11 de 2010
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OFERTA. Cantidad de mercancías que pueden ser vendidas a los diferentes precios del mercado por un individuo o por el conjunto de individuos de la sociedad. OFERTA BURSATIL. Conjunto de títulos valores disponibles para venderlos en el mercado bursátil. OFERTA PUBLICA. Es la manifestación dirigida a personas no determinadas o a cien o más personas determinadas, con el fin de suscribir, enajenar o adquirir documentos emitidos en serie o en masa, que otorguen a sus titulares derechos de crédito de participación y de tradición o representativo de mercancías. No se considera pública la oferta de Bonos Obligatoriamente Convertibles en acciones que este dirigida a los accionistas de la sociedad emisora, siempre que sean menos de quinientos (500) los destinatarios de la misma. OFERTA PUBLICA DE ADQUISICIÓN, O.P.A. Cuando un individuo
o una sociedad pretende adquirir una participación importante en
el capital de una sociedad con acciones inscritas en bolsa debe ofrecer
comprarle a todos los accionistas de la mencionada sociedad. Lo anterior
implica sujetarse a todos los requisitos normativos de divulgación
y condiciones específicas. O.I.C.V. (ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE COMISIONES DE VALORES).
Asociación mundial que agrupa a más de 134 organismos regulatorios,
(comisiones o superintendencias), de mercados de valores, cuyo objetivo
es el de promover altos estándares en la regulación para
mantener mercados eficientes e intercambiar información sobre las
experiencias en el desarrollo de los mercados locales de los países
miembros, para proporcionar ayuda mutua a los mismos. La Superintendencia
de Valores de Colombia es actualmente miembro de esta organización OPERACIÓN DE CONTADO. Es la operación de bolsa cuyo cumplimiento tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles después de celebrada. OPERACIONES A PLAZO. Es la operación en la que al celebrarse se pacta un cumplimiento en una fecha posterior a la que correspondería si se hubiese pactado de contado, pero no después de 365 días calendario. Pueden ser de cumplimiento efectivo, ( se entregan los valores), o de cumplimiento financiero ( solo se entrega el diferencial de precios). OPERACION CONVENIDA. Es una operación en la cual el comisionista vendedor y el comprador acuerdan un precio de intercambio del activo, sin que se presente puja. OPERACION CRUZADA. Operación en la cual el comisionista
actua a un mismo tiempo como comprador y vendedor del activo en cuestión. OPERACIONES RECIPROCAS. En consolidación de estados financieros y aplicación del método de participación, son todas aquellas transacciones o negociaciones realizadas entre empresas que conforman un mismo grupo empresarial. ORDEN. Instrucción dada por un cliente a la Sociedad Comisionista para la ejecución de una compra o una venta de valores. ORDEN CON LIMITE. Es aquella orden impartida por un cliente a una sociedad comisionista de bolsa, en la cual se especifica el precio mínimo y máximo, según se trate de una orden de venta o de compra, al cual puede ser ejecutada, pudiendo mejorarse el precio. ORDEN CONDICIONADA. Es aquella orden impartida por un cliente a una sociedad comisionista de bolsa, en la cual se indica que debe ser ejecutada una vez el mercado haya alcanzado un determinado precio. ORDEN DE MERCADO. Es aquella orden impartida por un cliente a una sociedad comisionista de bolsa, que tiene que ser atendida lo más rápidamente posible al mejor precio que se obtenga en el mercado. ORIGINADOR. Es quien transfiere los bienes o activos base del proceso de titularización. Puede ser cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera. El originador no se requiere para los casos de titularizaciones estructuradas a partir de fondos. OVERNIGHT. Término que se refiere a las colocaciones o captaciones efectuadas en el mercado interbancario venezolano por un plazo máximo de 24 horas.
PAPEL COMERCIAL. Son pagarés ofrecidos públicamente en el mercado de valores y emitidos por sociedades anónimas, limitadas y entidades públicas, no sujetos a inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria. Su vencimiento no puede ser inferior a 15 días ni superior a 9 meses. La rentabilidad la determina el emisor de acuerdo con las condiciones del mercado. PAPELES CON DESCUENTO. Títulos valores representativos de deuda, que no generan interés. Su rendimiento se obtiene de la diferencia entre su valor de adquisición y su valor nominal. PAPELES DE RENTA VARIABLE. Títulos valores que por sus características solo permiten conocer la rentabilidad de la inversión en el momento de su redención, dependiendo del desempeño de la entidad emisora entre otras. Ejemplo: Acciones. PASIVO. Representa las obligaciones totales de la empresa, en el corto plazo o el largo plazo, cuyos beneficiarios son por lo general personas o entidades diferentes a los dueños de la empresa. (Ocasionalmente existen pasivos con los socios o accionistas de la compañía). Encajan dentro de esta definición las obligaciones bancarias, las obligaciones con proveedores, las cuentas por pagar, etc. PATRIMONIO. Es el valor líquido del total de los bienes de una persona o una empresa. Contablemente es la diferencia entre los activos de una persona, sea natural o jurídica, y los pasivos contraidos con terceros. Equivale a la riqueza neta de la Sociedad. PATRIMONIO TÉCNICO. Suma de algunas partidas que componen
el patrimonio contable de una sociedad, con base en su mayor o menor grado
de realización ante situaciones financieras difíciles de
la entidad. Sirve para efectos de vigilancia y control de la solvencia
patrimonial de entidades financieras e intermediarios de valores. PLAN UNICO DE CUENTAS - PUC. Se refiere a la estandarización de cuentas contables de empresas de similar estructura. Actualmente existen planes únicos de cuentas para entidades financieras, intermediarios de valores, cooperativas, entidades públicas y empresas del sector real. PLAZO DE COLOCACION. Término estipulado por el emisor para dar cumplimiento a las gestiones de colocación. PLAZO DE MADURACION. Término establecido por el emisor para la redención de un título valor en el cual se retorna el monto total invertido más el valor correspondiente a los rendimientos obtenidos por la inversión a lo largo del período. PLAZO DE SUSCRIPCION. Plazo estipulado por una Sociedad para que el accionista ejerza el derecho de suscripción de una nueva emisión. PLAZO DEL EMPRESTITO. Termino señalado para la rendición de un título de deuda. Período durante el cual esta vigente la relación deudor - acreedor. POBLACIÓN DESOCUPADA. Son aquellas personas que en la semana de referencia se encontraban en una de las siguientes condiciones: en esa semana buscaron ejercer una actividad en la producción de bienes y servicios (desempleo abierto); habían buscado trabajo antes de la semana de referencia y aún están interesadas en trabajar (desempleo disfrazado); y aquellas personas sin empleo que estuvieron esperando resultado de solicitudes. POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA (PEA). Es la población en edad de trabajar que está ejerciendo algún tipo de ocupación remunerada o que está buscando empleo. La población económicamente activa también se conoce como fuerza laboral, y es un indicador de la disponibilidad del factor trabajo en la economía. POBLACIÓN EN EDAD DE TRABAJAR (PET). Nivel de desagregación de la población total. En él se ubican aquellas personas, de doce años o más en la parte urbana, y de diez años o más en la parte rural, en capacidad de trabajar. POBLACIÓN OCUPADA. Son aquellas personas que durante el período de referencia, ejercieron una actividad en la producción de bienes y servicios de por lo menos una hora remunerada a la semana, y los trabajadores familiares sin remuneración que trabajaron por lo menos quince horas a la semana. También las personas que en la semana de referencia no laboraron, pero tenían un trabajo. POBLACIÓN SUBEMPLEADA. Son aquellas personas que pertenecen
a la población ocupada, que quieren y pueden trabajar más
tiempo del que usualmente le dedican, a sus actividades remuneradas. La
población subempleada se divide en población subempleada
visible y en población subempleada invisible. PORCENTAJE DE COLOCACION. Cifra que indica en términos
porcentuales el monto adquirido por la comunidad inversionista del valor
total de una emisión. POSICION PROPIA. Corresponde al portafolio de inversión que posee un intermediario de un mercado. En el caso de los Bancos colombianos hace referencia a los activos representativos en moneda extranjera; en el caso de los Comisionistas de Bolsa, al conjunto de títulos valores adquiridos con recursos propios de la firma comisionista. PRECIOS CONSTANTES. Esta expresión admite dos interpretaciones: una, como el resultado de la eliminación de los cambios de precio de una variable a partir de un período tomado como base y, otra, como el cálculo de la capacidad adquisitiva de algún valor monetario en términos de un conjunto de bienes y servicios. PRECIOS CORRIENTES. Conjunto de precios que incluyen el efecto de la inflación. PRIMA. Es el precio que se paga por al cesión de un derecho. En operaciones con opciones es el precio que se paga sobre la posibilidad de adquirir acciones en un futuro previsto a un precio dado. PRIME. Intereses cargados por los bancos de los Estados Unidos a sus mejores clientes sobre los préstamos considerados más seguros desde el punto de vista crediticio. Se diferencia de la LIBOR, porque aunque a veces también es aplicada transacciones interbancarias, es básicamente una tasa para clientes. Además, que es una tasa establecida por propia decisión de cada banco individualmente. PRIVATIZACION. Proceso mediante el cual se vierte o se revierte a manos privadas, empresas de propiedad estatal. PRODUCCIÓN REAL. Aquella que se calcula en forma monetaria tomando como base los precios de un período o un año, y refleja el incremento físico real de la producción una vez eliminada la variación o fluctuación de los precios. Generalmente, se utilizan los índices de precios para deflactar la producción nominal y volverla en términos reales, o a precios constantes. PRODUCTO INTERNO BRUTO (PIB). Valor total de la producción corriente de bienes y servicios finales dentro del territorio nacional durante un cierto período de tiempo, que por lo común es un trimestre o un año. El término "producción corriente" significa que no se cuenta la reventa de artículos que se produjeron en un período anterior. Los "bienes finales" excluyen el valor de las materias primas y los bienes intermedios que se utilizan como insumos para la producción de otros bienes. Generalmente, este valor es expresado en una unidad monetaria. PRODUCTO NACIONAL BRUTO (PNB). Es el valor de todos los bienes y servicios producidos dentro de un país determinado en un periodo fijo. PROFUNDIDAD DEL MERCADO. Capacidad de absorción de grandes volúmenes de transacciones si modificaciones substanciales en los precios de mercado. PRORRATEO. Procedimiento de reparto equitativo de valores cuando se presenta sobre-oferta o sobre-demanda. PROVISIONES. Partidas establecidas para cubrir activos de reservas de lenta recuperación. PRUEBA ACIDA. Se conoce también con el nombre de prueba
del ácido o liquidez seca. Es un test más riguroso, el cual
pretende verificar la capacidad de la empresa para cancelar sus obligaciones
corrientes pero sin depender de la venta de sus existencias es decir,
básicamente con sus saldos de efectivos, el producido de sus cuentas
por cobrar, sus inversiones temporales y algún activo de fácil
liquidación que puede haber, diferente a los inventarios.
No se encuentran terminos relacionados con esta letra.
RAZON CORRIENTE. Se denomina también relación corriente y trata de verificar las disponibilidades de la empresa, a corto plazo, para afrontar sus compromisos, también a corto plazo. RAZÓN DE ENDEUDAMIENTO. Indicador que tiene por objeto medir en qué grado y de qué forma participan los acreedores dentro del financiamiento de la empresa. Se define como el total de los pasivos sobre el total de los activos. RAZON O INDICADOR FINANCIERO. Es la relación entre dos cuentas de los estados financieros básicos (Balance General y Estado de Pérdidas o Ganancia) que permiten señalar los puntos fuertes y débiles de un negocio y establecer probabilidades y tendencias. REGALÍA. Compensación por el uso de la propiedad ajena basada sobre un porcentaje acordado de los ingresos resultantes de su uso. Por ejemplo, un fabricante por el uso de su maquinaria en la fábrica de otra persona. Generalmente, las regalías se asocian con la actividad extractiva, más especialmente con la actividad petrolera. REGIMEN DE AUTORIZACIÓN GENERAL. Mecanismo legal que permite
la obtención de autorizaciones por parte del Estado, con solo el
cumplimiento de unos requisitos básicos estandarizados, sin necesidad
de pronunciamiento de la entidad del Gobierno REINTEGROS DE EXPORTACIÓN. Operación en la que el
exportador le entrega al Banco de la República a través
del sistema financiero las divisas que obtiene de la exportación.
Las autoridades fijan las condiciones generales para el reintegro. RENTABILIDAD. Es la relación entre la utilidad proporcionada por un título y el capital invertido en su adquisición. REPOS. Operaciones de Venta con Pacto de Recompra. Consisten en
la compra - venta de títulos valores, en la cual el comprador adquiere
la obligación de transferir nuevamente al vendedor inicial la propiedad
de los títulos negociados en un plazo y condiciones fijadas de
antemano en el negocio inicial. Esta operación requiere autorización
escrita del cliente. RESERVAS INTERNACIONALES NETAS NO AJUSTADAS. Equivalen a las reservas internacionales brutas descontados los pasivos de corto plazo del Banco de la República. RESERVAS INTERNACIONALES NETAS AJUSTADAS. Son solo los activos externos de Colombia en poder del Banco de la República calculados bajo el concepto contable de caja. RESERVA LEGAL. Porcentaje de la utilidad del ejercicio retenido por mandato legal o por voluntad de los socios con el objeto de proteger la integridad del capital de una Sociedad Anónima, ya que esta apropiación esta destinada a cubrir las pérdidas, si las hay, de los ejercicios posteriores a aquellos en que se haya constituido. RESOLUCION. En términos generales, es el acto jurídico por medio del cual se plasma un decisión de carácter administrativo, donde se dictan ordenes, reglas y mandatos concretos para la ejecución y desarrollo de la gestión administrativa. R.P.G. Indicador que resulta de dividir el precio de mercado de una acción entre la utilidad por acción reportada por el emisor. Representa el número de períodos que se requieren, a este nivel de utilidades, para recuperar lo invertido. REVALUACIÓN. Es la apreciación del peso frente a otra moneda de referencia. Es el concepto opuesto a la devaluación. REVALORIZACION DEL PATRIMONIO. Cuenta del patrimonio que refleja el incremento del mismo, por concepto de la aplicación de los ajustes integrales por inflación. REVELACION PLENA. Concepto contable, consistente en informar en forma completa, aunque resumida, todo aquello que sea necesario para comprender y evaluar correctamente la situación financiera de un ente económico. El cumplimiento de este objetivo, se satisface a través de los estados financieros, de las notas a dichos estados y de otros informes como el de los administradores. RIESGO. Es el grado de variabilidad o contingencia del retorno de una inversión. En términos generales se puede esperar que, a mayor riesgo, mayor rentabilidad de la inversión. Existen varias clases de riesgos: de mercado, solvencia, jurídico , de liquides, de tasa de cambio, riesgo de tasa de interés. RIESGO DE MERCADO. Es el riesgo generado por cambios en las condiciones generales del mercado frente a las de la inversión. RIESGO DEL EMISOR. Es la capacidad o percepción que tiene el mercado de que los emisores paguen sus títulos de deuda. RIESGO DE CONTRAPARTE. Es el riesgo de que la contraparte (con quien negociamos) no entregue el valor o título correspondiente a la transacción en la fecha de vencimiento. RIESGO DE LIQUIDEZ. Es la contingencia de que la entidad incurra en pérdidas excesivas por la venta de activos y la realización de operaciones con el fin de lograr la liquidez necesaria para poder cumplir con sus obligaciones. RIESGO DE TASA DE CAMBIO. Es la contingencia de pérdidas por variaciones inesperadas en las tasas de cambio de las divisas en las cuales la entidad mantiene posiciones. RIESGO DE TASA DE INTERÉS. Es la contingencia de que ante cambios inesperados en las tasas de interés, la entidad vea disminuido el valor de mercado de patrimonio RIESGO DE SOLVENCIA. Es la contingencia de pérdida por deterioro de la estructura financiera del emisor o garantía del título y que puede generar disminución en el valor de la inversión o en la capacidad de pago. RIESGO JURÍDICO. Es la contingencia de pérdida derivada de situaciones de orden legal que pueden afectar la titularidad de las inversiones. RIESGO DE PRECIO. Es la contingencia de pérdidas por variaciones en los precios de los instrumentos frente a los del mercado. ROTACION DE CARTERA. Este indicador establece el número de veces que las cuentas por cobrar giran, en promedio de un período determinado de tiempo generalmente un año. ROTACION DE INVENTARIOS. Para la empresa industrial, los inventarios presentan el valor de las materias primas, materiales y costos asociados de manufactura, en cada una de las etapas del ciclo productivo. Para las empresas comerciales, los inventarios representan sencillamente el costo de las mercancías en poder la misma. ROTACION DE LOS INVENTARIOS TOTALES. Sumatoria de los inventarios
promedio de materias primas, producto en proceso y productos terminados.
SEC "Security Exchange Commission". Agencia para gubernamental independiente norteamericana, encargada de vigilar el mercado bursátil. Vela por el respeto a la deontología profesional y al derecho de los accionistas. Equivale a la Comisión de las operaciones de Bolsa (COB) en Francia y a la Superintendencia de Valores en Colombia. SECTOR PÚBLICO DESCENTRALIZADO. Componente del Sector Público No Financiero, en la que se encuentran las empresas públicas industriales y comerciales, del orden nacional y local (ISS, Carbocol, Ecopetrol, EPM, ETB, EEB, etc.), y los departamentos y municipios. SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO. Clasificación del Sector Público de un país que incluye al Gobierno Central y al Sector Público Descentralizado. SEGUNDO MERCADO. Este esquema permite dirigir una oferta de valores exclusivamente a grandes inversionistas. Por consiguiente los trámites de autorización son más simples y se elimina el cumplimiento de algunos requisitos. SIMULTÁNEAS: Son operaciones de compra/venta de TES con
pacto de recompra/reventa a un precio y plazo determinado para dar/tomar
liquidez al mercado. Estas operaciones se pueden realizar por medio del
Sistema Electrónico de Negociación (SEN) del Banco de la
República. SISTEMA ELECTRÓNICO DE NEGOCIACIÓN (SEN). Es un
mecanismo Electrónico Centralizado de Información para Transacciones,
administrado por el Banco de la República. El mercado de títulos
del SEN permite realizar operaciones de compraventa simple, tanto al contado
como a plazo, de títulos depositados en el Déposito Centralizado
de Valores del Banco de la República, D.C.V. Para la negociación
de títulos de deuda pública; el mercado de títulos
podrá, a su vez, dividirse en dos submercados: Primer Escalón
y Segundo Escalón. Podrán ser usuarios del SEN los establecimientos
de crédito, las sociedades fiduciarias, las sociedades comisionistas
de bolsa, las sociedades comisionistas independientes de valores, las
sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías,
la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público y el Banco de la República. SPLIT. Es el fraccionamiento de las acciones que resulta de una disminución en su valor nominal y es proporcional al mismo. Es la división del número de acciones en circulación de una sociedad, en un número mayor de acciones; de forma tal que cada acción en circulación le da el derecho a su poseedor, de recibir a cambio un número determinado de nuevas acciones. El patrimonio del accionista permanece estable ya que aunque él posee más acciones, estas bajan el valor ya que el valor de todas las acciones sumadas permanece igual. SOCIEDAD ANONIMA. Es una persona jurídica constituida por
socios en número superior a cinco (5), que no administran directamente
a la empresa sino a través de la asamblea general de accionistas
delegan esta función en una junta directiva. La responsabilidad
económica de los accionistas está limitada a la cuantía
de su respectivo aporte. SOCIEDAD CALIFICADORA DE VALORES. Es una entidad especializada en el estudio del riesgo que emite una opinión sobre la calidad crediticia de una emisión de títulos valores. SOCIEDAD COLECTIVA. Es La organización empresarial en la cual los socios son responsables sin limitación por las operaciones y negocios de la Sociedad. Es la típica "Sociedad de personas". SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCION. Forma de organización empresarial cuyo capital se divide en acciones y donde algunos socios (comanditarios) responden solo con el valor de las acciones suscritas mientras que los demás (socios gestores) responden ilimitadamente por las obligaciones que la empresa tuviera que asumir. SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA. Se denomina así a las Empresas Comerciales e Industriales del Estado que tienen aportes de capital privado. Son creadas por la Ley y autorizadas por ésta. SOCIEDAD LIMITADA. Organización empresarial en la cual la responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportes, por los negocios y obligaciones que contraiga la sociedad. Su capital se divide en "Cuotas" de igual valor. Los socios no excederán de 25. SUBASTA HOLANDESA. Es una subasta que comienza con un precio o una tasa alta que baja a intervalos constantes hasta que un comprador la acepta. Los compradores pueden aceptar un cierta cantidad del producto en venta, pero sin comprar la totalidad del lote. SUBROGACIÓN. Es la transmisión de los derechos del acreedor a un tercero que le paga. No obstante la obligación queda urgente para el deudor quien deberá responderle al tercero que ha cancelado a su acreedor original. La subrogación traspasa al nuevo acreedor, todos los derechos, acciones y privilegios, prendas e hipotecas del antiguo, así contra el deudor principal como contra cualesquiera terceros obligados solidaria y subsidiariamente a la deuda. SUPERÁVIT FISCAL. Es el exceso de los ingresos sobre los egresos, ya sea, del sector público consolidado, del gobierno central o del sector público no financiero. SUPERINTENDENCIA BANCARIA. Entidad encargada de garantizar la
solvencia y estabilidad del sistema financiero, previsional y asegurador,
y el derecho de los intermediarios a operar dentro de un marco regulatorio
y de supervisión claro y estable que permita el desarrollo de su
actividad. SWAP. Son contratos privados entre dos entidades para intercambiar
flujos de caja en el futuro, de acuerdo con condiciones pre establecidas.
Pueden ser considerados como contratos forward.
TASA DE CAMBIO. La tasa de cambio mide la cantidad de
pesos que se deben pagar por una unidad de moneda extranjera. En nuestro
caso se toma como base el dólar porque es la divisa más
utilizada en Colombia para las transacciones con el exterior. Igual que
el precio de cualquier producto, la tasa de cambio sube o baja dependiendo
de la oferta y la demanda. TASA DE DESEMPLEO. Se define como la razón entre la población desocupada y la población económicamente activa. TASA DE INTERÉS. Es la expresión porcentual del
interés aplicado sobre un capital. Las tasas de interés
pueden estar expresadas en términos nominales o efectivos. Las
nominales son aquellas en que el pago de intereses no se capitaliza, mientras
que las efectivas corresponden a las tasas de intereses anuales equivalentes
a la capitalización de los intereses periódicos, bien sea
anticipadas o vencidas. TASA DE INTERES INTERBANCARIA. Es el precio de las operaciones realizadas en moneda doméstica por los intermediarios financieros para solucionar problemas de liquidez de muy corto plazo. Dicha tasa de interés se pacta para operaciones de un día. TASA DE INTERÉS DE CAPTACIÓN. Tasa de Interés que paga el intermediario financiero a los individuos que depositan sus recursos en dicha entidad. También se conoce como tasa de interés pasiva. TASA DE INTERÉS DE COLOCACIÓN. Tasa de Interés que cobra el intermediario financiero a los demandantes de crédito por los préstamos otorgados. Esta tasa de interés también es conocida como tasa de interés activa. TASA DE OCUPACIÓN. Es el porcentaje de la población ocupada como proporción de la población en edad de trabajar. Esta relación, es un indicador del tamaño relativo de la demanda laboral en la economía. TASA DE USURA: es la tasa de interés que fija la Superintendencia Bancaria a la cual las entidades financieras pueden prestar dinero como máximo a esa tasa. TASA EFECTIVA ANUAL (E.A.) Es el interés que se obtendría
al cabo de un periodo si se reinvirtieran los intereses que son devueltos
por la inversión durante ese mismo año, a la misma tasa
de interés pactada originalmente. TASA INTERNA DE RETORNO (TIR). Herramienta para el análisis de rentabilidad de flujos de fondos, que se define como la tasa de descuento de los flujos en la que el valor presente neto se hace igual a cero. Corresponde a la rentabilidad que obtendría un inversionista de mantener el instrumento financiero hasta su extinción, bajo el supuesto que reinvierte los flujos de ingresos a la misma tasa. TASA LOMBARDA. Es la tasa que cobra el Banco de la República para sus operaciones de expansión y contracción por ventanilla entre las 4:00 pm y las 4:30 pm. TASA REPRESENTATIVA DEL MERCADO (TRM). Es el valor del dólar y lo calcula diariamente el Banco de la República, tomando el promedio del precio de las operaciones de compra y venta de los dólares, realizadas por entidades financieras en las principales ciudades del país. TBS. Es la tasa promedio de captación a través de CDT y CDAT de las entidades financieras, calculada diariamente por la Superintendencia Bancaria para diferentes plazos. TCC. Es la tasa promedio de captación de los certificados de depósito a término de las corporaciones financieras y es calculada por el Banco de la República. TITULARIZACION. Es un proceso en el que diferentes activos como
pueden ser: cartera, bienes inmuebles, proyectos de construcción,
rentas, flujos futuros de fondos, son movilizados, constituyéndose
un patrimonio autónomo, con cargo al cual se emiten títulos.
Bajo esta figura, el emisor es el patrimonio autónomo administrado
por una sociedad fiduciaria. El plazo de los títulos está
ligado a las características del activo. TITULO VALOR. Documento negociable que acredita los derechos de su tenedor legítimo y las obligaciones del emisor mismo. Incorpora derechos de crédito, participación, tradición, o representativos de mercancías. TITULO CON DESCUENTO. Títulos representativos de deuda; no devengan intereses y su rendimiento se genera por la diferencia entre el valor nominal del título y el valor de adquisición que necesariamente es inferior al valor de emisión nominal. TÍTULOS CORPORATIVOS O DE PARTICIPACIÓN. En titularizaciones, son en los que el inversionista adquiere una parte alícuota del patrimonio autónomo o fondo y participa de las utilidades o pérdidas que éste genere. Se asimilan a títulos de renta variable y se encuentran normalmente referenciados en unidades de participación. Pueden ser redimidos antes de la extinción del patrimonio autónomo o fondo, debido a la liquidación de parte de sus activos o bienes. TÍTULOS DE CONTENIDO CREDITICIO. En titularizaciones, son los que incorporan derechos a percibir la cancelación del capital y de los intereses de acuerdo con las condiciones señaladas en el título. Se asimilan a los títulos de renta fija y los activos que conforman el patrimonio autónomo respaldan el pasivo con los inversionistas TÍTULOS DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS (Tidis): Son
papeles emitidos por el Ministerio de Hacienda como instrumento para el
pago de impuestos y son administrados por fiduciarias autorizadas por
la entidad estatal. TITULOS DE RENTA FIJA. Títulos representativos de un adeuda que da a quien los posee el derecho a recibir un interés fijo por un período preestablecido. TITULOS DE RENTA VARIABLE. Son los títulos en los cuales
la rentabilidad sólo es conocida después de redención.
Su rendimiento depende del desempeño económico de la empresa
emisora. En términos generales corresponde a las acciones emitidas
por una sociedad anónima. TITULOS NOMINATIVOS. Emitidos a nombre de una persona natural o jurídica; circulan por endoso y con la entrega. Además, se exige la inscripción del tenedor en el libro de registro que lleva el emisor del título. TITULOS AL PORTADOR. Se emiten sin especificar el nombre del beneficiario o con la cláusula "al portador ". Son libremente negociables por la simple entrega o transmisión directa de los mismos. TITULOS A LA ORDEN. Son documentos expedidos necesariamente a nombre de una persona determinada, quien solamente puede negociarlos o transferirlos mediante endoso y entrega, que debe constar por escrito y es esencial en estos títulos. TRANSFERENCIAS. Corresponden a movimientos de recursos con cargo a operaciones que no encajan dentro de lo considerado como comercio de bienes y servicios, que no dan lugar a contraprestaciones. TRANSFERENCIA. Renta de destinación específica.
Las transferencias en Colombia se extienden a entidades territoriales
(Situado Fiscal y Participación de los Municipios en los Ingresos
Corrientes de la Nación), para invertir, entre otras cosas, en
salud y educación. |
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