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Enero 6 de 2009
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UNDERWRITING. Es una operación realizada a través de la Banca de Inversión mediante la cual, sola u organizada en consorcio, se compromete a colocar una emisión o parte de ella, para posterior reventa en el mercado. La operación de underwriting se inicia con la asesoría al cliente y puede ser de varias clases según el nivel de compromiso: en firme, garantizado o al mejor esfuerzo. UNDERWRITING EN FIRME. El agente de colocación o intermediario suscribe o adquiere la totalidad o parte de una emisión de valores, obligándose a ofrecerlos al público inversionista, al precio que se hubiere establecido y durante un plazo determinando. En el evento de que el intermediario no coloque los valores o papeles, asume directamente el compromiso de adquisición. UNDERWRITING GARANTIZADO. El agente de colocación o intermediario garantiza ante el emisor de valores la colocación de los mismos dentro de un plazo determinado al efecto, con el compromiso de adquirir el remanente no colocado en dicho plazo. UNDERWRITING AL MEJOR ESFUERZO. El intermediario se compromete con el emisor a realizar sus esfuerzos a fin de colocar la inversión en el público inversionista a un precio fijo dentro de un plazo determinado. En este caso, el agente intermediario no está corriendo ningún riesgo por cuanto al ente emisor más bien le interesa la experiencia que posee en este campo el agente intermediario y no su capacidad financiera para absorber los títulos, en caso de que no puedan ser colocados. UNIDAD DE VALOR CONSTANTE. Unidad de cuenta que refleja el poder
adquisitivo de la moneda, con base exclusivamente en la variación
del índice de precios al consumidor certificada por el DANE. Para
el cálculo de la UVR, se debe tener en cuenta la variación
mensual del índice de precios al consumidor certificada por el
DANE para el mes calendario inmediatamente anterior al mes del inicio
del periodo de cálculo.
VALOR COMERCIAL DE LA ACCION. Basado en el principio de que el valor presente de una acción es el resultado de apreciar o cuantificar los rendimientos futuros que se obtendrán con una inversión. El principio se base en el hecho de que la capacidad de la empresa en generar utilidades futuras es la que ir a aumentar su patrimonio y consecuentemente el del accionista. Está sometido a las leyes de oferta y demanda del mercado. VALOR INTRINSECO PATRIMONIAL. Es el que resulta de dividir el patrimonio de la empresa, según aparece registrado en el balance general, por el número de acciones pagadas y en circulación de la sociedad. VALORACIÓN DE INVERSIONES A PRECIOS DE MERCADO (MARK TO MARKET). Procedimiento que busca valorar las inversiones en títulos a su valor de mercado, entendiendo a éste como el importe en efectivo que se puede obtener y al cual se transa cada especie de valores en un fecha determinada. VALORIZACION DE LA ACCION. Es la diferencia entre el precio de venta y de compra de una acción es decir el incremento de su valor comercial en el tiempo de tenencia de la misma. VALOR AGREGADO. Suma del valor añadido en los procesos productivos de cada uno de los sectores de la economía. VALOR DE LA EMISION. Monto total autorizado para ofrecer en el mercado (número de títulos emitidos por el precio de suscripción). VALOR MOBILIARIO. Sinónimo de títulos - valor. Documento que contiene un derecho económico o crediticio. VALOR NOMINAL. Cantidad de dinero representada en el título en el momento de su emisión. VALOR PATRIMONIAL O INTRINSECO. Es el cuociente entre el Patrimonio líquido del número de acciones en circulación de la misma. Este resultado muestra la relación existente entre los bienes de la empresa y el valor de la acción. VALOR TRANSADO. Valor representado en dinero de la cantidad de títulos transados en un determinado período. VALUACIONES. Ajustes originados en los cambios en los precios de mercado de los títulos negociables y las variaciones en la tasa de cambio del dólar Vs otras monedas. VENTAS EN CORTO. Corresponde a la enajenación de un activo sobre el cual el vendedor está en una posición "corta" y se realizan exclusivamente sobre títulos obtenidos previamente en una operación de transferencia temporal de valores. En otras palabras, esto implica para el vendedor en corto la venta de títulos que al momento de la negociación no son de su propiedad, pero que para efectos del cumplimiento de la operación de transferencia temporal de valores, debe adquirir para restituirle al tenedor inicial de los títulos. VOLATILIDAD. Una acción se denomina volátil cuando
su precio varía con gran amplitud en relación con la variación
del mercado.
No se encuentran terminos relacionados con esta letra.
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